lunes, 21 de julio de 2008

Futuro Atajo para la Regular el Reconocimiento del Título de Especialista Extracomunitario


El miércoles pasado el Ministerio de Sanidad y Consumo desveló la fórmula con la que el gobierno pretende regular un reconocimiento a efectos profesionales del titulo de especialista en ciencias de la salud de los profesionales sanitarios extracomunitarios. Hasta el momento los profesionales sanitarios con titulo obtenido fuera de la Unión Europea tenían que homologar sus títulos académicos ( licenciatura y especialidad ) ante el histórico Ministerio de Educación (hoy Ciencia y Tecnología) para poder trabajar en nuestro sistema sanitario.


Aunque este proyecto de Real Decreto deberá ser sometido a consulta obligada a las comunidades autónomas y organizaciones colegiales de profesiones sanitarias las líneas generales están muy claras:
-
regular y agilizar el reconocimiento, a efectos profesionales, de los títulos universitarios a aquellos profesionales sanitarios especialistas que lo hayan obtenido fuera de la Unión Europea.
- poner en marcha un atajo al procedimiento actual para poder facilitar más especialistas a las comunidades autónomas que sufran déficit de profesionales.

El texto fue presentado en la Comisión Técnica Delegada de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud (SNS) y enviado a consulta para que las comunidades autónomas y organizaciones colegiales lo conozcan y emitan las alegaciones o propuestas pertinentes. Después seguirá su tramité habitual hasta su aprobación en Consejo de Ministros.

El Ministerio de Sanidad y Consumo defiende el proyecto alegando que permitirá "mitigar la escasez de profesionales en algunas especialidades y dar respuesta al alto nivel de movilidad de profesionales sanitarios en distintos países", sin que, en ningún caso, "vaya en detrimento de los altos niveles de calidad conseguidos en España".

El procedimiento propuesto contempla:
- la comparación entre la formación adquirida en el país de origen y la que otorga el programa español de la especialidad y
- la comprobación de que los títulos extracomunitarios de especialista que se pretenden reconocer cumplen con los requisitos de formación fijados por la UE en la Directiva 2005/36/CE para las profesiones armonizadas de médico y de matrona.

En todos los casos los aspirantes deberán demostrar documentalmente la equivalencia de la formación adquirida y pasar un periodo de prácticas programado y evaluado de hasta 2 meses de duración. Igualmente, deberán demostrar un "conocimiento suficiente" del castellano aquellos aspirantes que en su país de origen no sea la lengua hablada.


Fuente: Consejo General de Enfermería

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