jueves, 31 de marzo de 2011

Prueba de Valoración Objetiva de Enfermería del Trabajo

Hoy 31 de marzo de 2011 ha salido publicado en el BOE la convocatoria para la Prueba Obejetiva para el acceso al título de ENFERMERO ESPECIALISTA EN ENFERMERIA DEL TRABAJO.

Las fechas para la prueba son:
  
30 de abril de 2011 - 21 de mayo de 2011 - 18 de junio de 2011


Todos los aspirantes a la prueba tienen un plazo de 10 días naturales contados a partir de mañana para presentar la documentación necesaria en caso de que hayan sido excluídos o omitidos.

Aquí os dejo el PDF con la resolución del BOE

Suerte a todos!

7 comentarios:

  1. Hola Lila, que requisitos hay que tener para hacer esta prueba? En que consiste? Gracias

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  2. Hola Lila, salieron las listas de admitidos provisionales de las automaticas de marzo. Tengo datos incorrectos, cuanto tiempo tengo para reclamar y donde?? y las definitivas tardaran mucho en salir? antes de semana santa imposible verdad?? Muchas Gracias

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  3. Hola! Aquí te dejo los requisitos necesarios para acceder a la prueba, de todos modos para esta especialidad se acabó el plazo el 20 de marzo:

    -Haber ejercido como enfermero las actividades propias de la especialidad que se solicite durante un período mínimo de cuatro años.

    - Haber ejercido como enfermero las actividades propias de la especialidad que se solicite durante un período mínimo de dos años, siempre que, además, se acredite la adquisición de una formación continuada acreditada según lo previsto en la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de al menos 40 créditos en el campo de la respectiva especialidad. Dicha formación complementaria podrá realizarse durante el plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado 4 de esta disposición transitoria.
    Se considerará cumplido el período de formación complementaria cuando el interesado acredite estar en posesión de un título de posgrado de carácter universitario que incluya una formación relacionada con la respectiva especialidad no inferior a 20 créditos o 200 horas.

    - Haber ejercido durante al menos tres años como profesor de escuelas universitarias de Enfermería y adscritas, en áreas de conocimiento relacionadas con la especialidad de que se trate, siempre que, además, se acredite al menos un año de actividad asistencial en actividades propias de la especialidad solicitada.


    La prueba será escrita y constará de dos partes a realizar el mismo día:
    • 100 preguntas tipo test con respuestas múltiples (duración 2 horas). En la calificación de esta parte, se valorará con 1 punto cada respuesta correcta, se restará un 0,35 puntos por cada respuesta incorrecta, y se dejarán sin puntuar las preguntas que no hayan sido respondidas. El cuestionario de preguntas se valorará sobre una escala de 0 a 100 puntos.
    • 5 casos clínicos con cinco preguntas y respuestas alternativas de las cuales solo una será válida (1 hora). En la calificación de esta parte se valorará con 4 puntos cada respuesta correcta, se restará 1 punto por cada respuesta incorrecta, y se dejarán sin puntuar las preguntas que no hayan sido respondidas. Dicha valoración, sobre una escala de 0 a 100 puntos, estará integrada por la suma de las puntuaciones que obtenga el aspirante en cada caso clínico, a cuyos efectos cada uno de ellos se valorará sobre una escala de 0 a 20 puntos.
    Por lo tanto la evaluación de la prueba objetiva del aspirante, sobre una escala de 0 a 200 puntos, estará integrada por la suma de las puntuaciones que obtenga el aspirante en cada una de las dos partes que la componen.

    Fuente: CTO

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  4. Hola Lila, la semana pasada por desgracia he tenido un accidente laboral, me hice un esguince y yo trabajo dias sueltos en primaria y queria saber si tengo derecho a algo.Muchas gracias compañera tan atenta como siempre

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  5. Hola! ya es mala suerte....pues mira, si te han hecho un parte en urgencias por accidente laboral, tienes derecho a baja por accidente laboral y en caso de que te cure mal o lo que sea siempre te va a respaldar. Esperemos que no te haga falta pero siempre que tengamos un accidente laboral debemos acudir a urgencias y que nos hagan un informe como accidente laboral.

    Espero que te recuperes pronto!!!Un saludo!

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  6. ya pero estando de baja no me van a pagar nada verdad? graciaas!!

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  7. No, poque supongo q tu contrato era sólo de un día. Si fuera de más, te pagarían los días de baja correspondientes a los días de contrato.

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