Este pasado Jueves 15 de octubre, tuvo lugar la Reunión de la Mesa General de los Empleados Públicos y en ella se comunicó la devolución de los días adicionales de vacaciones y de asuntos personales por antigüedad (Trienios).
Sé que a la mayoría de nosotros no nos atañe porque no tenemos tanto tiempo trabajado, pero al menos, esperemos que nos afecte en cuanto a aumento de la contratación.
Los días por asuntos particulares podrán disfrutarse a partir del 6º trienio (2 dias) y podrán acumularse a los días de vacaciones que
se pueden disfrutar de forma independente. El disfrute se hará efectivo a partir del mismo día de cumplimiento del 6º trienio.
Los días adiccionales de vacaciones corresponderán a partir de los 15 años de antigüedad(1 día más de vacaciones) y se podrán disfrutar desde el día siguiente al cumplimiento de los correspondientes años de servicio.
Los días correspondientes a este 2015 , en ambos casos, se podrán disfrutar hasta el 30 de abril de 2016.
A continuación dejo una tabla de los días que corresponden según Trienios y años de Antigüedad:
Fuente: Csif
Hola, soy nueva en esto. Estuve 3 meses y algo en un contrato en primaria y no pedí ningún día libre. Al no cogerlos en ese contrato tengo entendido que los perdí, no? Pero mi duda es si al no disfrutarlos tienen que liquidarlos?
ResponderEliminarGracias
Hola, no...Los LD´s no los liquidan. Sólo los dias que te corresponderían de vacaciones y los dias por exceso de cómputo. Un saludo!!
ResponderEliminarPff a mi me deben como 5 años de vacaciones en México. No es cierto, pero es bueno estar informado muchas gracias :D
ResponderEliminarAplica igual para renta de autos en Cancun
ResponderEliminar?
No sé a que te refieres pero esto solo es aplicable al Servicio Gallego de Salud.
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