lunes, 19 de junio de 2017

EL MINISTERIO DE SANIDAD Y EL FORO DE LAS PROFESIONES PACTAN CREAR UN TEXTO DE CONSENSO SOBRE PRESCRIPCIÓN ENFERMERA:

La reunión mantenida el pasado dia 1 de Junio entre la Ministra de Sanidad y el Foro de las Profesiones, que agrupa a organizaciones colegiales y sindicales de Medicina y Enfermería,  para hablar de la prescripción Enfermera parece que ha valido de algo.  Según han explicado los representantes del Consejo General de Enfermería (CGE) y el sindicato Satse tras la reunión se va a crear un grupo de trabajo con representación de médicos, enfermeros y técnicos del Ministerio de Sanidad para redactar un texto de consenso que se pueda presentar y debatir en el próximo Consejo Interterritorial del próximo miercoles, 21 de junio.

Según el Presidente del CGE, Máximo Jurado,“Hay muy buena disposición por las tres partes para llegar a un texto de consenso” y ha manifestado que quiere aclarar que el objetivo no es que las enfermeras se metan en las competencias de los médicos” y que, en cualquier caso, la indicación siempre estará sujeta a productos que no necesiten prescripción médica.

La Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) ha declarado que han salido satisfechos, en cambio, la Organización Médica Colegial no ha querido expresar su opinión acerca de lo tratado en la reunión.

El debate sobre la prescripción enfermera se ha acentuado en los últimos dos años después de que el Gobierno, publicara a finales de 2015 el Real Decreto que impedía a los profesionales de Enfermería hacer ningún tipo de indicación sobre tratamientos o productos sanitarios. Con ello algunas de las prácticas que la enfermería hacíamos a diario, estaban en un limbo legal y por eso se ha pedido que se revoque la norma y se adapte la legislación española a lo que marca la directiva europea que reconoce como competencia de Enfermería el diagnóstico y la indicación de tratamientos y fármacos que no estén sujetos a prescripción médica.

Estaremos atentos a cómo va progresando esta iniciativa y si es cierto que al final se publique una Norma que respalde nuestra actividad diaria.

Fuente: Redacción Médica.

11 comentarios:

  1. 2 preguntas Lila, si estaba anotada en corta duración, puedo cambiar a solo larga duración cambiándolo en el fides, ya se hace efectivo en el mismo momento?
    y otra...cómo se puede dar de baja en las listas? Y cuándose podría volver a dar de alta?
    gracias, espero tu respuesta

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  2. Hola, para el cambio en listas tienes que esperar a principios de octubre que es cuando se abre el periodo de inscripción y es cuando puedes modificar las listas en las que quieres estar anotadas. El cambio no es efectivo hasta que salen los listados definitivos actualizados, que suelen salir en mayo.
    A dar de baja te refieres a pedir suspensión de llamamientos temporal?? si es asi sólo hay estos supuestos, que te copio y pego más abajo y tu tendrías que solicitar después por escrito la reactivación. Si quieres una baja definitiva para que no constes inscrita en listas tienes que mandar un escrito dirijido a la Unidad de Validación que te corresponda solicitando que te borren de las listas.

    Causas. Poderá solicitarse a suspensión de chamamentos, sen penalización, nos seguintes supostos:

    a) Maternidade, paternidade e adopción legal nunha duración equivalente ao período legalmente establecido para as ditas situacións.

    b) Coidado de fillos/as menores de 12 anos ou familiares ao seu cargo, ata o segundo grao de consanguinidade ou afinidade que, por razóns de idade, accidente ou enfermidade, non poidan valerse por si mesmos e non desempeñen actividades retribuídas e demais supostos previstos na lexislación vixente en materia de igualdade, prevención da violencia de xénero e conciliación da vida persoal, familiar e profesional, de aplicación ao persoal ao servizo das administracións públicas.

    c) Enfermidade da persoa aspirante, debidamente acreditada por parte médico emitido por facultativo do Sistema público de saúde en que se determine a incapacidade daquela para o desempeño de actividade laboral e nunha duración máxima equivalente á prevista na normativa legal para a situación de incapacidade temporal.

    d) Exercicio de funcións de representación sindical ou cargo público representativo.

    e) Matrimonio ou unión de feito en análoga relación de afectividade, debidamente acreditados mediante documento público.

    f) Desenvolvemento dunha praza ou posto de traballo, mediante contrato laboral ou nomeamento administrativo; deberá achegarse copia destes.

    g) Participación en programas de cooperación internacional debidamente autorizados ao servizo de organizacións de cooperación internacional.

    h) Por asistencia, debidamente xustificada, a cursos académicos oficiais.

    i) Calquera outra causa, de entidade suficiente, que se considere oportuna a criterio da Comisión Central de Seguimento do pacto.

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  3. Hola! Una pregunta,soy nueva en esto y no sé muy bien como va lo de los llamamientos ahora en verano...si se acaban las listas pueden llamar para trabajar a alguien que está penalizado o tendrian la obligación de ofrecerle ese contrato a un pool? Es que recientemente en el hospital donde trabajo le han dado un contrato a una chica que técnicamente está penalizada hasta agosto y está ultima en las listas generales y tengo compañeros del pool a los que no les han ofrecido nada estando muy por encima de esta persona. Yo también soy pool y me han ofrecido una quincena en primaria por eso no entiendo los criterios que siguen en contratación. A ver si alguien pudiese aconsejarme.
    De antemano gracias por el blog,haces un trabajo fantástico.☺

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    1. Hola!! Pues segun el Pacto deberían ofrecérselo a la gente del pull,pero claro...con el problema q están teniendo para las coberturas puede que hagan eso para no quedarse sin gente en el pull...pero poder,pueden reclamar contrato tus compis del pull.

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  4. Ok,gracias Lila,se lo comentaré a mis compañeros a ver lo que se puede hacer. Es un hospital comarcal y hay solo 7 pooles,ya hemos llegado a estar solo 3 y no ha habido mayor problema por eso me sorprendió que no le ofrecieran ese contrato a uno de ellos.

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  5. Hola Lila, acabo de aceptar un tercio de jornada abierto y la verdad es que estoy un poco disgustada porque creo que me he hipotecado por mucho tiempo y solo van a ser cuatro meses trabajados al año. Me ofrecieron varios contratos pero claro el que mas era de un mes y entonces me cegue con el tercio al oir que era abierto y ante la posibilidad de que se alargara y no tener que andar tan pendiente del tfno y cada dia en un sitio, pero creo que me equivoque. Como lo veS? Tu opinion me importa porque en esto estas mucho mas puesta que yo. Si dentro de unos meses quiero renunciar, me penalizan verdad?. Gracias

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    1. Los contratos a tienpo parcial tienen cpmo contrapartida q en la mayoría de los casos pueden durar muchos años. Al principio,cuando empiezas a trabajar, están bien xq al menos aseguras una puntuación anual de experiencia pero los ingresos son muy bajos. Normalmente es bueno para quien está estudiando otra carrera o trabajando en otra cosa. Para el resto,pues todo depende sobretodo de las posibilidades de trabajar q tengas por posición en lista.
      Habla con la titular y asi sabrás cuánto tiempo te puede durar. Si renuncias,te sancionana un año al final de todas las listas.
      Un saludo!

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  6. Gracias Lila. Creo que me he equivocado, pero ahora ya no hay marcha atrás. No estoy muy al final de la lista y cuatro meses de trabajo los tendría más que asegurados. Un saludo y gracias por tu ayuda

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  7. Buenos dias Lila, tengo una duda, hematologia entra dentro de las listas especiales?. Es que estoy leyendo y transfusiones si es lista especial, pero resulta que el nombre del servicio es hematologia y transfusiones, por eso me surgio la duda. Gracias

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  8. Buenos días, la planta de hospitalización de hematología se cubre con la lista general. Lo que se cubre con las listas especiales es el banco de sangre y la unidad de transplantes. De todos modos confírmalo en el PAT de tu área porque eso puede cambiar de un área a otra.

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  9. Buenos días.
    Tengo una duda referente a la suspensión de llamamientos. Quería saber si sería posible ponerme en suspensión (tengo un hijo menor de 12 años) en cualquier momento y sin fecha de regreso o tendría que ser fuera del periodo vacacional o Navidad y como Máximo de 1 mes.
    Muchas gracias y un saludo!

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