Si trabajas todo el año en el mismo puesto de trabajo:
- Para el personal que está en jornada diurna (mañanas o tardes) la jornada a aplicar es de 1652 horas
- Cuando se hacen noches la xornada se calcula siguiendo la tabla del acuerdo de concertación. Pero con los recortes, se sigue la que viene en la instrucción del SERGAS del 7 de outubro para el cálculo da xornada.
Si trabajas todo el año en jornada diurna pero hiciste alguna noche por alguna circunstancia puntual,usarás esta fórmula:
X= 1620-3N (Siendo X la jornada anual efectiva expresada en número de horas y N el número de noches efectivamente realizado)
Para contratos inferiores al año:
- contratos superiores a 31 dias se usa la fórmula:
X (D) = 1648*D/330-3*N(D)
(Supuesto excepcional número anual de noches superior a 63: X(D)=1458*D/330 )
- contratos inferiores a 31 días:
X (D) = 1652*D/330
Otros supuestos:
- La referencia anual para el cálculo de la jornada complementaria en Urgencias Hospitalarias y PAC para los años 2013 -14 debe ser 1.458 horas y la mensual, por defecto, 133 horas.
- La referencia anual para el cálculo da jornada complementaria del personal médico de urgencias hospitalarias para turno fija y/o rotatoria simple debe ser 1.652 horas/año y 150 horas/mes.
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