SI TENEMOS EXPERIENCIA PROFESIONAL (Vía Excepcional):
- Haber ejercido como enfermero las actividades propias de la especialidad que se solicite durante un período mínimo de cuatro años.- Haber ejercido como enfermero las actividades propias de la especialidad que se solicite durante un período mínimo de dos años, siempre que, además, se acredite la adquisición de una formación continuada acreditada según lo previsto en la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de al menos 40 créditos en el campo de la respectiva especialidad. Dicha formación complementaria podrá realizarse durante el plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado 4 de esta disposición transitoria.
Se considerará cumplido el período de formación complementaria cuando el interesado acredite estar en posesión de un título de posgrado de carácter universitario que incluya una formación relacionada con la respectiva especialidad no inferior a 20 créditos o 200 horas.
- Haber ejercido durante al menos tres años como profesor de escuelas universitarias de Enfermería y adscritas, en áreas de conocimiento relacionadas con la especialidad de que se trate, siempre que, además, se acredite al menos un año de actividad asistencial en actividades propias de la especialidad solicitada.
NOTA: Para acceder por la vía excepcional y hacer la Prueba de Valoración Objetiva, hay que solicitarlo. El plazo de presentación de solicitudes se prolongará hasta pasados seis meses de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la convocatoria de la prueba anual de carácter estatal, (prueba de acceso a través del sistema de Residencia - EIR) en la que por primera vez se oferten plazas de formación en la especialidad correspondiente. Para las Especialidades de Enfermería en Salud Mental y Enfermería del Trabajo el plazo ya está cerrado.
Para tramitar las solicitudes hay que esperar hasta la aprobación de los programas formativos de cada especialidad por lo que es aconsejable no apresurarse en la presentación de solicitudes. A partir de la aprobación de estos programas, se podrán identificar adecuadamente las actividades propias de cada una de las especialidades.
LA PRUEBA DE VALORACIÓN OBJETIVA CONSISTE EN UN EXAMEN TIPO TEST CON:
- 100 preguntas tipo test de respuesta múltiple(duración2horas).Se valorará con 1 punto cada respuesta correcta, se restará un 0,35 puntos por cada respuesta incorrecta, y se dejarán sin puntuar las preguntas que no hayan sido respondidas. El cuestionario de preguntas se valorará sobre una escala de 0 a 100 puntos.
- 5 casos clínicos con cinco preguntas y respuestas alternativas de las cuales solo una será válida (1 hora). Se valorará con 4 puntos cada respuesta correcta, se restará 1 punto por cada respuesta incorrecta, y se dejarán sin puntuar las preguntas que no hayan sido respondidas. Dicha valoración, sobre una escala de 0 a 100 puntos, estará integrada por la suma de las puntuaciones que obtenga el aspirante en cada caso clínico, a cuyos efectos cada uno de ellos se valorará sobre una escala de 0 a 20 puntos.
Por lo tanto la evaluación de la prueba objetiva del aspirante, sobre una escala de 0 a 200 puntos, estará integrada por la suma de las puntuaciones que obtenga el aspirante en cada una de las dos partes que la componen.
SI NO TENEMOS EXPERIENCIA PROFESIONAL:
- Sólo podemos acceder a través del examen EIR que tiene convocatoria anual.Fuente: Ministerio de Educación
6 comentarios:
Entonces, no he entendido bien, en caso de que pueda presentarme por vía excepcional, es decir acreditando los 4 años en dicha especialidad ó 2 años más formación..., no tendría que realizar el examen EIR?
Es que si tengo que hacerlo también, no entiendo la diferencia con presentar vía excepcional u ordinaria sin tiempo trabajado ni formación.
Gracias!
A ver, si vas por vía excepcional, hay que hacer un examen que se llama prueba de valoración objetiva. Está adaptado a la especialidad que se elija y es más fácil que el EIR.
Digamos que es una prueba que certifica que tus conocimientos adquiridos en la práctica son acordes a la especialidad que solicitas.
Hola:
¿cuantos puntos como maximo se podran incluir en experiencia profesional en el nuevo pacto de contrataciones?
Pues al igual que en la OPE, 28puntos, unos 7,7 años trabajados.
Por favor...Escribir vuestros comentarios en las entradas que estén relacionadas con el tema que preguntais.
Un saludo!
Hola Lila! quería preguntarte por la especialidad de empresa (que veo varias empresas privadas lo piden) que es? que hace una enfermera con esa especialidad? Como puedo obtener esa titulación?
Desde ya muchas gracias
Caro
Hola!
Pues ahora la única manera de accder al título de Enfermería de Empresa es a través del EIR. En breve saldrá la convocatoria para presentarse al examen que se hará en el mes de enero.
Normalmente en estos puestos hacer reconocimientos médicos, curas, y demás tipos de atención que precisen los empleados de la empresa.
Un saludo.
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